viernes, 21 de abril de 2017

Taller de Ley de Infogobierno y Software Libre

1) Ámbitos de aplicación de la Ley de Infogobierno.

Artículo 2. Están sometidos a la aplicación de la presente Ley:

  1. Los órganos y entes que ejercen el Poder Público Nacional.
  2. Los órganos y entes que ejercen el Poder Público Estadal.
  3. Los órganos y entes que ejercen el Poder Público en los distritos metropolitanos.
  4. Los órganos y entes que ejercen el Poder Público Municipal y en las demás entidades locales previstas en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
  5. Los órganos y entes que ejercen el Poder Público en las dependencias federales.
  6. Los institutos públicos nacionales, estadales, de los distritos metropolitanos y municipales.
  7. El Banco Central de Venezuela.
  8. Las universidades públicas, así como cualquier otra institución del sector universitario de naturaleza pública.
  9. Las demás personas de derecho público nacionales, estadales, distritales y municipales.
  10. Las sociedades de cualquier naturaleza, las fundaciones, empresas, asociaciones civiles y las demás creadas con fondos públicos o dirigidas por las personas a las que se refiere este artículo, en las que ellas designen sus autoridades, o cuando los aportes presupuestarios o contribuciones en un ejercicio efectuados por las personas referidas en el presente artículo representen el cincuenta o más de su presupuesto.
  11. Las organizaciones y expresiones organizativas del Poder Popular.
  12. Las personas naturales o jurídicas, en cuanto les sea aplicable, en los términos establecidos en esta Ley.
  13. Las demás que establezca la Ley.


2) Software libre.

Programa de computación en cuya licencia el autor o desarrollador garantiza al usuario el acceso al código fuente y lo autoriza a usar el programa con cualquier propósito, copiarlo, modificarlo y redistribuirlo con o sin modificaciones y mejoras, preservando en todo caso el derecho moral al reconocimiento de autoría.


3) 4 libertades del software libre.

  • Libertad 0: libertad de ejecutar el programa como se desea, con cualquier propósito.
  • Libertad 1: libertad de estudiar cómo funciona el programa, y cambiarlo para que haga lo que usted quiera. El acceso al código fuente es una condición necesaria para ello.
  • Libertad 2: libertad de redistribuir copias para ayudar a su prójimo.
  • Libertad 3: Mejorar el programa, y liberar las mejoras al público. Esto le permite ofrecer a toda la comunidad la oportunidad de beneficiarse de las modificaciones. El acceso al código fuente es una condición necesaria para ello.


4) Criptografía.

Rama inicial de las matemáticas y en la actualidad también de la informática, que hace uso de métodos y técnicas con el objeto principal de hacer ilegible, cifrar y proteger un mensaje o archivo por medio de un algoritmo, usando una o más claves.


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