Artículo 18: Se
considera aprobada la Unidad Curricular, cuando el estudiante haya cumplido, al
menos las siguientes condiciones:
- Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.
- Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la Unidad Curricular.
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