jueves, 9 de febrero de 2017

Artículo 18. Resolución 2593. Gaceta Oficial N° 39.839. Condiciones para la Aprobación de la Unidad Curricular

Artículo 18: Se considera aprobada la Unidad Curricular, cuando el estudiante haya cumplido, al menos las siguientes condiciones:
  1. Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.
  2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la Unidad Curricular.


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