Artículo 16: De
conformidad con las características de la evaluación establecidas en el
artículo 4 del presente instrumento, los participantes del proceso de
evaluación serán:
- La o el estudiante representante del Proyecto.
- Un representante del Consejo Comunal, organización comunal o social e institución pública o privada en el área del Proyecto.
- Un representante institucional u organizacional del área del Proyecto.
- La o el docente-asesor responsable del Proyecto.
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