jueves, 9 de febrero de 2017

Artículo 16. Resolución 2593. Gaceta Oficial N° 39.839. Evaluadores del Proyecto Sociotecnológico

Artículo 16: De conformidad con las características de la evaluación establecidas en el artículo 4 del presente instrumento, los participantes del proceso de evaluación serán:
  1. La o el estudiante representante del Proyecto.
  2. Un representante del Consejo Comunal, organización comunal o social e institución pública o privada en el área del Proyecto.
  3. Un representante institucional u organizacional del área del Proyecto.
  4. La o el docente-asesor responsable del Proyecto.



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